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Boletín de prensa 29 de agosto de 2011
EL TIEMPO
POLÉMICA ENTRE PONENTES DEL PROYECTO QUE VUELVE A PROHIBIR EL ABORTO
Sin haberse reunido los ponentes, ya hay una fuerte división de opiniones en el Congreso.
Sin haberse reunido los ponentes de la iniciativa, el proyecto de reforma constitucional que elimina el aborto ya genera polémica en el Congreso.
El texto de la enmienda, propuesta por el presidente del Partido Conservador, José Darío Salazar, pretende que el artículo 11 de la Carta diga: "El derecho a la vida es inviolable y recibirá igual protección desde la fecundación hasta la muerte natural".
Esto significaría que los tres casos en los que la Corte Constitucional despenalizó el aborto (violación, malformación del feto o riesgo para la vida de la madre) quedarían sin vigencia a partir de la promulgación de la norma.
En la Comisión Primera del Senado, en donde el proyecto comenzará su trámite, los ponentes están divididos sobre el sentido de la propuesta.
Uno de los coordinadores ponentes, el senador de 'la U' Roy Barreras, anunció desde ya que rendirá ponencia negativa y pedirá que se archive.
Su argumento se centrará "en un enfoque científico-biológico, a propósito de la gran pregunta de cuándo comienza la vida, haciendo una diferenciación entre el embrión y el feto, para analizar en qué momento se interrumpe la vida".
Luis Carlos Avellaneda, senador del Polo, comparte esa posición y cree que el derecho a la vida no se puede entender como un derecho absoluto.
"La sociedad puede imponer derechos a los ciudadanos, pero no puede imponerles cargas que vayan contra su propia dignidad (...)
A una mujer que ha sido violada no se le puede pedir que lleve en su seno un comienzo de vida, contra su voluntad; eso es lo que yo llamo las cargas contra la dignidad del ser", dijo.
En la otra orilla, el también coordinador de ponentes, Manuel Enríquez Rosero, piensa que el derecho a la vida es inviolable. "Sin desconocer el problema que ocasiona una violación, que Dios no quiera que ocurra, uno no puede pretender castigar al culpable con la persona más inocente: el niño recién concebido".Karime Mota, también de 'la U', defendió esa tesis.
Solo el martes se produciría la primera reunión de los ponentes y luego se conocerá si se logra o no un acuerdo para el texto de ponencia.
RECUPERAN TESTIMONIO CLAVE EN CASO DEL PALACIO DE JUSTICIA
Podría ser nueva prueba reina de torturas y detenciones forzadas tras el holocausto de 1985.
Un anillo de oro le salvó la vida a Jaime Arenas, un joven conductor que terminó en las caballerizas del Cantón Norte de Bogotá después de la retoma del Palacio de Justicia, en noviembre de 1985.
Arenas, empleado de la familia del entonces magistrado Jorge Valencia Arango, le pidió a un soldado que, a cambio del anillo, llamara a su jefe para informarle que estaba vivo y que había sido sacado de un baño de las altas cortes sin que quedara registro. Valencia, uno de los consejeros de Estado que sobrevivió a la toma del M-19, logró liberar a su chofer tras varias llamadas a generales de la República que no se han hecho públicas.
Durante 22 años, el jurista mantuvo en secreto este episodio de su vida, que finalmente quedó consignado en tres párrafos del ‘Informe de la Comisión de la Verdad sobre los hechos del Palacio de Justicia’.
Ahora, Daniel Prado, abogado de las víctimas, asegura que el testimonio del ex consejero confirma lo dicho por el del suboficial (r.) del Ejército Édgar Villarreal, que le permitió a la justicia condenar por desaparición forzada, a 30 años de cárcel, al coronel (r.) Alfonso Plazas Vega.
“La declaración de Villarreal ha venido siendo desvirtuada por un error mecanográfico al recepcionar la prueba. Pero ahora es un ex magistrado el que confirma que hubo gente que salió sin registro del Palacio de Justicia y que fue torturada y desaparecida en el Cantón Norte”, argumentó Prado.
Y contó que, a principios del 2001, él y otra defensora de las víctimas visitaron al ex magistrado Valencia y le pidieron que relatara esos hechos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos: “En ese momento se negó a hacerlo porque al conductor lo habían amenazado de muerte cuando salió del Cantón Norte y él fue víctima de seguimientos y de un atentado”.
Y agregó que Valencia les dijo que para que soltaran al chofer tuvo que presionar a generales con convocar a una rueda de prensa para denunciar lo que estaba pasando en las guarniciones militares. Y aunque el ex consejero no le dio tantos detalles a la Comisión de la Verdad, entregó la esencia del episodio.
“(Arenas) se encontraba en el sótano del Palacio cuando empezó la toma. Al no poder refugiarse fue trasladado al cuarto piso por los guerrilleros y posteriormente se reunió con el grueso de rehenes que permanecieron en el baño hasta el 7 de noviembre”, se lee en el informe.
Y se agrega que cuando la fuerza pública tomó el control del baño, “el conductor Arenas fue llevado al Cantón Norte donde lo sometieron a torturas hasta que Valencia Arango se comunicó con diferentes generales” y logró que fuera puesto en libertad.
“Arenas llegó a la casa muy golpeado, llorando y dijo que lo tenían allá desnudo y que lo estaban torturando. Que estaba desesperado porque oía gritos al lado, los tenían en un cobertizo donde guardan caballos y que él oía gritos, lamentos…”.
‘No supe más del chofer’ Y aunque el ex magistrado –cercano a los 85 años no quiere volver a hablar del tema, en un corto diálogo con EL TIEMPO autorizó a usar su testimonio ante la Comisión, confirmó el episodio del anillo y dijo que no volvió a saber nada del conductor: “Era un anillito que le habíamos traído desde New York. Creo que el apellido de Jaime no era Arenas sino Buitrago”.
Miembros de la Comisión de la Verdad confirmaron la versión. Incluso, uno de ellos, el ex magistrado Jorge Anibal Gómez, recordó que en la oficina de Valencia cuelga la carta que el magistrado inmolado Manuel Gaona envió pidiendo ayuda. La defensa de las víctimas del holocausto cree que este testimonio puede cambiar el rumbo de la investigación.
Sin embargo, para la defensa del coronel (r.) Plazas, jurídicamente ya no es válido anexar una prueba. Por el contrario, esperan que se revoque la condena a Plazas y que se pruebe que el único testigo en su contra, Édgar Villarreal, fue suplantado.
QUIEREN ACABAR SISTEMA ACUSATORIO: CORPORACIÓN EXCELENCIA EN JUSTICIA
Según Gloria Borrero, su directora, hay autoridades que buscan hundir modelo penal.
La directora de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) -que cumple 15 años de fundada-, la abogada Gloria María Borrero, considera que los proyectos de reforma de la justicia que cursan en el Congreso no van a resolver los problemas de la rama, pero son un principio para discutir el tema.
En diálogo con EL TIEMPO, Borrero dijo que existe un desmonte programado del sistema penal acusatorio.
¿Las propuestas de reforma resuelven los problemas de la justicia?
Decididamente, no, y hay que hacerle una pedagogía a la ciudadanía para que no se lleve falsas expectativas. La solución de problemas de la justicia son complejos y no pasan solamente por una reforma constitucional.
¿Qué opina de las críticas de la Fiscal al sistema penal acusatorio?
Aquí lo que viene es un desmonte programado del sistema penal acusatorio desde varias autoridades. Hay que prender las alertas. La Fiscal dice que el sistema anterior era más eficiente que este; no lo creo. Las cifras no son así. Colombia va a perder un esfuerzo de siete años, muchos recursos y capital humano formado. Nos estamos devolviendo a pasos agigantados.
¿Debe seguir el Consejo Superior de la Judicatura o no?
La propuesta del Consejo de Estado no nos gusta porque es dejar las cosas tal cual están. Solo que constitucionaliza como sala de gobierno la actual Comisión Interinstitucional. Nos gusta más la del Gobierno, pero con observaciones. Sé que están buscando un diseño parecido al del Banco de la República; creemos que hay que ensayarlo.
¿Cómo ve el tema de la doble instancia para aforados?
Es una necesidad. Los colombianos, sin ninguna distinción, deberían tener todas las garantías procesales. Hay consenso entre muchos académicos, pero no en la opinión pública. En algunos medios se dice que es darles prebendas a los políticos. Yo creo que esto puede dañar la propuesta, por una presión injustificada de ciertos sectores de Colombia.
¿Cuál sería la fórmula más conveniente?
La propuesta que le gusta a la corporación es la de la Fiscal: que la investigación esté en la Fiscalía, pero la primera y la segunda instancia no deben estar en el mismo órgano porque ahí no se cumple la garantía constitucional.
Otro tema gordo es la tutela. ¿En las propuestas que hay se resuelve el asunto?
A la corporación le gusta más la propuesta del Gobierno. La tutela tiene que volver a ser un mecanismo excepcional, como lo quiso el constituyente de 1991.
¿Y en lo que tiene que ver con la tutela contra sentencias?
Las cortes todavía están muy lejos de aceptar que la Constitución establezca de manera expresa que haya tutela contra sentencias. Lo que considera la corporación es que la solución que trata de darle el Gobierno es acertada porque parte de una cosa: reconocemos que sí hay tutela contra sentencias, que es lo que viene ocurriendo en el país.
¿Qué opina de quitarles a las cortes la elección del Procurador y el Contralor?
Se están atendiendo solicitudes de las cortes. Ellos no querían esas funciones. Excepto la del Fiscal, porque la Fiscalía hace parte de la Rama Judicial. Desde la época de la Comisión de Expertos se hablaba de que la elección de Contralor y Procurador había politizado a las cortes y, coyunturalmente, la del Fiscal.
¿Existe el riesgo de que se afecte la investigación contra congresistas?
Para mí, esa es una disculpa para no cambiar. Creo que el país es lo suficientemente maduro. Somos más las personas que tenemos los ojos alerta. Ustedes los medios juegan un papel fundamental.
'Reforma no puede ser fiasco'
Quince años después, CEJ es centro de pensamiento
Gloria María Borrero aseguró que celebrará los 15 años de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) con dos grandes retos: la vigilancia del trámite de reforma de la justicia en el Congreso y la implementación del nuevo Código Contencioso Administrativo. "No se puede quedar en otro fiasco, como el sistema penal acusatorio", dijo. Según la abogada, la entidad se ha fortalecido como centro de pensamiento de justicia. "Logramos interesar a empresarios, gremios, abogados en que la justicia nos importa a todos", afirmó.
ASÍ SE IMPARTE LA JUSTICIA INDÍGENA
El castigo del cepo -los condenados duran días o semanas atrapados de pies o manos- se aplica en pueblos del Cauca.
Este año, 25 casos contra indígenas pasaron a la justicia ordinaria.
Mientras el estudiante Nicolás Castro se expone a pasar entre entre 6 y 15 años en la cárcel por las amenazas de muerte contra un hijo del ex presidente Álvaro Uribe a través de Facebook, un indígena del Cauca pagó con 60 fuetazos haber regado el rumor de que un mandatario de Jambaló tenía nexos con los paramilitares.
Ese fue el castigo por un acto que, según las autoridades del pueblo paez, era equivalente a instigar a la muerte, pues la guerrilla declaró como objetivo militar al calumniado. Y el calumniador no pudo tumbar el castigo ni con tutela, pues la Corte Constitucional consideró que la pena era legal y que debía cumplirse.
La justicia indígena, plenamente reconocida por la Constitución, pasó esta semana por un polémico choque. Los cinco años de detención que pagaría un paez que abusó sexualmente de cinco mujeres, tres de ellas hijas suyas, llevó a que mujeres de las mismas comunidades del Cauca protestaran por primera vez y pidieran una condena severa.
"Son 87 etnias diferentes, todas con reglas propias para aplicar justicia. Por eso son frecuentes los choques entre la justicia ordinaria y la indígena", dice Diego Bolívar, coordinador de programas de capacitación del Consejo Superior de la Judicatura.
Entre hechizos y cepos
Este año, la Judicatura ha resuelto 28 conflictos de competencias: 25 terminaron en manos de la justicia ordinaria. Es el caso de un indígena en Cumbal (Nariño) que violó a un niño con síndrome de Down. El caso terminó en manos de un juez, al considerarse que el delito era ajeno a las tradiciones indígenas y que debía darse prelación al derecho de los niños a tener una protección especial.
La abogada kankuama Ana Manuela Ochoa Arias, de la Organización Nacional Indígena (Onic), asegura que gracias a la Carta del 91 la justicia indígena ganó espacio. Sin embargo, dice que son muchos los casos que terminan en la Corte Constitucional, por tutelas que pretenden frenar castigos señalados de ser demasiado crueles -el cepo- o muy blandos -los hechizos-.
"Nos hemos encontrado con delitos que no conocíamos, como pertenecer a grupos armados ilegales y el tráfico de droga. Los estamos castigando", dice Ochoa. Pero muchos casos se salen de sus manos. Eso les pasó a varios nukak, en Guaviare, que enfrentan un "juicio de blancos" por narcotráfico. Ellos dicen que solo estaban trabajando.
En ese 'diálogo' entre dos justicias que ven el mundo diferente -la de los pueblos busca restablecer el equilibrio; la otra, castigar delitos- no faltan los desencuentros.
En proceso están varias disputas de patria potestad (custodia de los hijos) sobre menores de madres wayús y padres 'blancos'. En esa cultura, en La Guajira, la línea materna predomina, y si llega a faltar la madre quien tiene derechos sobre el hijo es el familiar más próximo a ella, no el papá. "Ven el mundo de otra manera, y nadie puede decir que su justicia es mejor o peor que la nuestra", dice un abogado que ha trabajado en varios casos de indígenas.
En la Sierra Nevada, el ejemplo de los padres y abuelos es determinante a la hora de juzgar las faltas cometidas por un kogui.
En el Tolima se creó el único tribunal de segunda instancia para evitar arbitrariedades de algunos cabildos. Y Muchos matrimonios embera-chamí, en Chocó y Risaralda, que tienen gemelos o bebés con deformidades optan por abandonar sus comunidades, pues entre ellos esos nacimientos son considerados como maldiciones.
"No existen los códigos. La fuente del derecho indígena son los mitos, las creencias y las costumbres. Las decisiones se toman en comunidad", dice Ochoa Arias.
Castigos crueles como la pena de muerte o cortar la mano de quienes roban son mito, explica Bolívar. Pero entre los ticuna, en el Amazonas, todavía es posible que se aplique, para delitos muy graves, el castigo de amarrar a los culpables a troncos de árboles y exponerlos a las picadas de la 'taganana', hormiga cuyas toxinas pueden ser mortales.
'Condena puede ser revisada'
Popayán. Líderes indígenas del Cauca anunciaron una nueva audiencia en septiembre a 'Toño', el hombre condenado a cinco años de detención por haber violado a cinco menores, tres de ellas sus hijas.
Jesús Chávez, consejero mayor del Consejo Regional Indígena del Cauca (Cric), aseguró que la pena no está confirmada y, sin descartar que el caso termine en la justicia ordinaria, dice que todas las autoridades están revisando el proceso. "En la justicia indígena los procedimientos no se pueden mirar en la misma dimensión que en la ley ordinaria. Hay otras connotaciones y otros procedimientos", resaltó. Según Chávez, al igual que con la justicia 'occidental', las autoridades tradicionales "no condenan de entrada, sino que se cumple la etapa de la investigación, verificación y recolección de testigos".
Por su parte, Marta Chocué, gobernadora del resguardo Las Mercedes, en Caldono, explicó que 'Toño' en este momento "no habla con nadie, realiza unos tipos de sanación y está prácticamente aislado".
Diana Perafán, integrante del Proyecto para la Prevención del Abuso Sexual en Comunidades Indígenas, indicó que "no es el único caso" de abusos sexuales en estas comunidades y que esta situación "desarmoniza y genera alteraciones en el tejido social" de esos pueblos.
'Ha faltado voluntad'
Opinó ex constituyente Lorenzo Muelas
El Artículo 246 de la Constitución establece que "las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos", siempre que no sean contrarios a la ley o la Carta Política.
Y agrega que "la ley establecerá las formas de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional". Dicha ley no ha sido aprobada en los 20 años de vigencia de la Constitución. A juicio del ex constituyente y ex congresista indígena Lorenzo Muelas, ha habido "falta de voluntad" de parte de las comunidades.
"Habría que llegar a ellas para consultar y luego llevar al Congreso un proyecto", aseguró.
Muelas recordó que en el país hay más de 100 pueblos indígenas a los que habría que consultar "para no caer en una ley que tenga solo generalidades".
Germán Carlosama López, senador del Movimiento Autoridades Indígenas, dijo que se trabaja para que en el proyecto de reforma de la justicia que va a discutir el Congreso se incluyan criterios de armonización entre la jurisdicción indígena y el sistema judicial nacional.
ALISTAN DECISIÓN EN CASO DEL CORONEL (R) ALFONSO PLAZAS VEGA
Defensa pedirá que la sentencia en su contra sea revocada por vencimiento de términos.
Abogados de las víctimas del holocausto del Palacio de Justicia le pedirán el lunes a la Fiscal Viviane Morales que abra una nueva investigación sobre las torturas y desaparición a las que fue sometido Jaime Arenas, un joven conductor que terminó en las caballerizas del Cantón Norte de Bogotá después de la retoma, en noviembre de 1985.
Arenas, conductor de la familia del entonces magistrado Jorge Valencia Arango, no está en los registros de quienes salieron con vida.
Pero, tras guardar 22 años en secreto lo sucedido, el ex magistrado Valencia confesó que tuvo que presionar a generales para que dejaran libre al conductor, que estaba siendo torturado.
En el 2001, abogados de las víctimas intentaron sin suerte llevar su testimonio a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Pero el ex magistrado sólo accedió a hablar ante la Comisión de la Verdad, que consignó su versión en tres párrafos.
"Arenas (chofer de mi hijo) llegó a la casa muy golpeado, llorando y dijo que lo tenían allá desnudo y que lo estaban torturando, que estaba desesperado porque oía gritos al lado, los tenían en un cobertizo donde guardan caballos y que él oía gritos, lamentos...".
Valencia, quien logró salir con vida de la toma del M-19, confirmó a EL TIEMPO la versión y dijo que supo que su chofer estaba en el Cantón porque este le entregó a un soldado un anillo para que diera aviso: "Era un anillito modesto que le trajimos de New York", dijo. Y aseguró que no volvió a saber del chofer y que no recuerda si su apellido era Arenas o Buitrago.
'Testimonio ya no es valido'
Para Daniel Prado, abogado de las víctimas, el testimonio confirma otros que sindicados han querido desvirtuar, como el del suboficial (r.) Édgar Villareal, quien acusó de las desapariciones al coronel (r.) Alfonso Plazas.
Pero Jaime Granados, abogado de Plazas, asegura que, sin importar de quién sea el nuevo testimonio, ya no es el momento procesal para que sea tenido en cuenta.
"Además, no existe ningún testigo directo contra mi defendido. Este es un acto desesperado porque saben que se les va a caer el proceso y que el único supuesto testigo (Villarreal) fue suplantado", dijo. Y agregó que espera que en 15 días se conozca la decisión del magistrado Hermens Lara, de Tribunal Superior de Bogotá, de revocar la condena contra Plazas, pues los plazos legales para definirla ya están vencidos. Finalmente, manifestó que la Procuraduría también apeló la sentencia contra el coronel (r.) Plazas luego de recoger el testimonio de Villarreal sobre su supuesta suplantación.
LO QUE COJEA NO ES LA JUSTICIA SINO EL ESTADO: PRESIDENTE C. SUPREMA
Por: YAMID AMAT
Camilo Tarquino afirma que la manera de conjurar la cantidad de tutelas en salud, es poniendo a las EPS en cintura.
Camilo Tarquino, presidente de ésta institución, habló con Yamid Amat de la reforma a la justicia.
La Corte Suprema de Justicia considera que la reforma presentada al Congreso por el Gobierno no soluciona los problemas de la rama. Y su presidente, Camilo Tarquino, dice que tres grandes derechos de los colombianos deben ser atendidos con urgencia: la salud, el trabajo y la justicia. Tarquino es magistrado de la Sala Laboral y presidente del alto tribunal desde enero de este año, y especialista en derecho laboral de la Universidad de Salamanca. Sostiene, sobre salud, que el Estado debe poner en cintura a las EPS.
¿Cuáles son los derechos más reclamados por los colombianos?
Los que más reclaman a través de las tutelas son el derecho a la salud, al trabajo y a la justicia. En la salud, denuncian falta de atención oportuna y eficaz de parte de las entidades.
¿Es responsabilidad de las EPS?
Sí. Y el Gobierno está en mora de exigirles que cumplan con su obligación, es decir, prestar oportunamente el servicio al usuario, que aporta para que le reconozcan ese derecho.
¿La Corte Suprema ve en las EPS la mayor responsabilidad?
Pensaría que sí, si ellas han recibido los aportes. Si un afiliado, que contribuye mensualmente con parte de su salario para el riesgo de la salud, se enferma y no le prestan ese servicio, tiene derecho a reclamar y a que se le reconozca por vía de tutela. Ahí la gran comprometida es la EPS
¿Hay deficiencias en la entrega de medicamentos?
Desde luego, y así se está atentando contra la vida de quien reclama.
¿Qué hacer para que las EPS funcionen bien?
El Estado debe ponerlas en cintura.
Dice que deben responder "si han recibido aportes". ¿Es que ocurre lo contrario?
A veces, el empleador descontaba del salario del empleado para invalidez, vejez o muerte, y al reclamar su pensión se descubre que ese empleador no aportaba, se guardaba ese dinero. La jurisprudencia anterior de la Corte sancionaba o condenaba al empleador, pero se cambió porque si el empleador no tenía para pagar los aportes, mucho menos para pagar la pensión. La nueva doctrina señala que son las entidades prestadoras de la seguridad social las encargadas de pagar esa pensión, pues existiendo las normas coercitivas para recuperar esos aportes, no lo hicieron.
¿También ocurre con los fondos privados?
Han sido condenados por la misma razón.
¿Cuántas sanciones contra el Seguro y contra los fondos ha impuesto la Corte por no pagar pensiones?
Han sido reiteradas las oportunidades en las que la Sala de Casación Laboral ha condenado a esas entidades por no cumplir. Durante el 2010 fueron 28 condenas, y en este van 5.
¿Cuántas tutelas recibe la Corte para que ordene pagar pensiones?
Este año, con corte a 30 de junio, se resolvieron algo más de 700 sobre pensiones, sin contar las que han sido devueltas por el decreto de una nulidad u otra causa.
¿Y cuántas tutelas contra EPS por servicios de salud?
Durante el mismo período se fallaron 655 tutelas. Un dato adicional: a la Corte Constitucional llegan entre 40.000 y 50.000 tutelas mensuales. Entre el 60 y el 70 por ciento, no menos de 35.000, son por seguridad social. No todas son revisadas.
Con semejantes cifras, que sin duda traumatizan a los órganos judiciales, ¿sería la Corte partidaria de que se crearan jueces de tutela?
No veo con malos ojos eso, pero es más fácil aumentar la planta de personal, jueces.
Sobre el tema pensional, ¿la Corte es partidaria de reformar las edades para retiro forzoso?
Para retirarse de la administración pública, la ley establece 65 años. No se vería mal, en los actuales momentos, que se aumentara la edad de retiro forzoso a los 70. Una persona a esa edad está no solo en la plenitud de sus facultades mentales, sino con una experiencia que debería aprovecharse.
El Gobierno propuso esa edad para el retiro de magistrados...
Sí, y tampoco vería mal extenderla a toda la administración pública. No es bueno elevarla para unos y negárselas a otros.
Regresando a los derechos que más se violan, ¿cuál es la posición de la Corte frente al derecho al trabajo?
Hay demandas porque a la persona le terminan su contrato, o se lo desmejoran en las condiciones salariales o prestacionales, y esto le causa un grave perjuicio.
¿Cuántos jueces hay en Colombia?
En este momento, 4.500.
¿Cuántos debería tener para ponerla a funcionar bien?
Casi 4.000 más. Los estándares mundiales son de 18 jueces por cada 100.000 habitantes.
¿La Justicia no podría financiarse, en parte, con los dineros de la reforma al arancel judicial que el Gobierno ha propuesto?
No me gusta, porque lo que se recauda por ese concepto es precario. Quien reclama es porque no tiene dinero, no es justo ponerle tarifa. La Justicia debe ser gratuita, es una obligación del Estado suministrarla.
En la queja por la mora de los procesos, ¿diría que la Justicia está coja?
La Justicia no, el Estado cojea. Los jueces no producen al ciento por ciento, producen al 110 por ciento. Si a un juez le entran 100 procesos en agosto, él saca 110, pero no de agosto sino del retraso que viene. Un empleado de un juzgado no entra a las 8 a.m. ni se va a las 5 p.m. Ingresa antes y se va después. Juez y empleado trabajan más de 8 horas diarias.
¿El proyecto de reforma a la Justicia del Gobierno es bueno?
No soluciona el problema de la rama, pero tiene cosas buenas, malas y vacíos.
¿Las cosas buenas?
Se propone crear un colegio nacional de abogados, y es necesario para regular y en determinado momento investigar disciplinariamente a los abogados.
¿Y la doble instancia?
Es razonable para juzgar a los congresistas. Sin embargo, la Corte Suprema no se aparta de estándares internacionales al juzgarlos en única instancia hoy. Últimamente, el Gobierno ha propuesto que se investigue o instruya por la Fiscalía a los congresistas. Eso es nuevo y la Corte Suprema lo está estudiando. Hoy, la Corte Suprema actúa conforme a lo que la Corte Constitucional ha dicho.
¿Y los temas malos?
No nos parece que la Corte Constitucional sea el órgano de cierre y que revise, por vía de tutela, decisiones de la Corte Suprema de Justicia.
¿Por qué no le parece?
Porque institucionalizar esa figura es no arreglar el choque de trenes, sino ahondarlo. La Corte Suprema es la cabeza máxima de la jurisdicción ordinaria. Eso dice la Constitución, y es, en consecuencia, el organismo de cierre en materia civil, penal y laboral. Su jurisprudencia es la que deben acatar los jueces y magistrados, y no la que llegara a producirse vía tutela por la Corte Constitucional. La Corte Suprema reclama independencia, lo cual se pierde cuando se privatiza la Justicia, o el Ejecutivo asume funciones jurisdiccionales.
Pero se ha demostrado en varias ocasiones que la Corte Suprema se ha equivocado, y la Corte Constitucional corrige...
No son equivocaciones; son criterios distintos.
¿El "choque de trenes" no es un asunto de celos?
De ninguna manera. La Constitución muy claramente ubica a la Corte Suprema como órgano de cierre de la justicia ordinaria. Eso lo dijo el Ministro de Justicia: los constituyentes no pensaban que la tutela fuera contra sentencias judiciales o providencias judiciales cuando redactaron la norma. Tan es así, que la Corte Constitucional, por sentencia C-543 de 1992, sostuvo su improcedencia.
¿La Corte Suprema es partidaria de eliminar el Consejo Superior de la Judicatura?
Considera que una muestra de autonomía de la Rama Judicial fue la creación del Consejo Superior de la Judicatura. Si lo eliminaran, se desvertebraría ese querer del constituyente primario. Se debe reformar su Sala Administrativa, con la presencia en su Sala de Gobierno, de los presidentes de la Corte Suprema, Consejo de Estado y Corte Constitucional. Y en la Sala Disciplinaria, frente a críticas relacionadas con su origen o forma de elección de sus integrantes, consideramos que sean las otras tres cortes mencionadas las que los elijan, como es con la Administrativa.
¿Qué hará la Corte para oponerse a la reforma?
Estamos expresando, y lo seguiremos haciendo, nuestros puntos de vista ante el Congreso. Esperamos que la reforma que se adopte sea fruto de un consenso entre el Gobierno, el Congreso y las cortes. El Congreso va a llevar el proyecto a las universidades, a distintas ciudades, en una especie de 'Vuelta a Colombia', para que participen distintos estamentos. Yo voy a ir; vamos a exponer nuestros puntos de vista, que ojalá sean atendidos. La Corte Suprema no se opone por capricho ni obstinadamente.
¿Cree irremediables o irreversibles las diferencias?
No creo que sean imposibles de solucionar; las tres ramas del poder público, creo, están asistidas de la mejor voluntad.
Dice que la Corte no es obstinada en sus críticas a la reforma. ¿El Gobierno lo es en su defensa?
No. Veo voluntad de lado y lado.
¿Ni hay pugnacidad?
De ninguna manera. Tanto el lenguaje del Gobierno como el de la Corte han sido de mutuo respeto. El presidente Santos, desde el primer día de su gobierno, se dirigió en términos muy respetuosos a la Justicia.
¿Cómo lo calificaría?
Es un cambio de estilo. Diría que para bien. El diálogo en sociedad es necesario. Si no hay diálogo, nunca podrá haber acuerdo; y si no hay diálogo, por lo menos que no se pierda el respeto.
LA HISTORIA DE LA JUEZA A QUIEN LE QUITARON SUS HIJAS POR SER LESBIANA
Karen Atala, de 47 años, es jueza de garantías de un tribunal de Santiago de Chile. En el 2004 perdió la custodia de sus hijas por ser lesbiana.
Primer caso de discriminación por orientación sexual que llega a la Corte Interamericana de DD. HH.
Mayo 31 del 2004. El infierno que había empezado en privado un año atrás, ese día se volvió una pesadilla pública: la Corte Suprema de Justicia de Chile le quitó a Karen Atala Riffo la custodia de sus tres hijas, de 9, 6 y 4 años. "Es necesario precaver las consecuencias perniciosas que les provocará criarse bajo el cuidado de una pareja homosexual", argumentó en su fallo.
Karen Atala, abogada y jueza de garantías en su país, es lesbiana. Condición que, sin embargo, no había sido vista como inconveniente por dos instancias de la justicia chilena que habían fallado con anterioridad otorgándole la custodia a ella.
Por esta decisión de la Corte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos demandó a finales del año pasado al Estado chileno, por considerar que la sentencia estuvo guiada por un prejuicio ilegal a la luz de la Convención Americana: la discriminación por orientación sexual.
'Karen Atala e hijas vs. Chile' fue uno de los tres casos que estudió la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en las sesiones que realizó esta semana en Bogotá.
Todo empezó en el 2002, en Villarrica, sur de Chile. Jaime López y Karen Atala, que se habían casado en 1993, decidieron separarse de hecho. Las terapias de pareja comenzadas un año antes revelaron la verdadera identidad sexual de Atala. López lo supo. Con todo, decidió que fuera ella la encargada de la crianza de las niñas. Son su vida. "Soy mujer, soy de origen palestino por parte de padre, fui criada en las tradiciones del mundo árabe. La maternidad va íntimamente ligada con las circunstancias de ser mujer", dijo Atala en la audiencia del pasado martes.
Pero López cambió de parecer. No soportó que su ex mujer hubiera empezado una nueva relación, con Emma De Ramón, y que ella ocupara un lugar bajo el mismo techo de sus hijas. Alegó, a comienzos del 2003, que tal convivencia atentaba contra el interés superior de las niñas. "La decisión adoptada por la madre de seguir su tendencia homosexual provoca daños en el desarrollo integral psíquico y en el ambiente social de las menores". Y adujo que las niñas estaban en riesgo de contraer enfermedades de transmisión sexual, como herpes o sida. Solicitó su custodia.
Días difíciles
"Las sentencias de los procesos de custodia fallaron en favor de la madre, pero, mientras recogían las pruebas para la primera instancia, el padre solicitó la tuición provisoria, que se puede hacer alegando que hay situaciones graves para las niñas", explica Helena Olea, abogada que representa a Atala. Con el argumento del eventual peligro, hizo que la Corte de Apelaciones de Temuco -a 86 kilómetros de Villarrica- le diera la razón y permitiera que las niñas se quedaran con él hasta resolver todo. Así, desde mayo del 2003, Karen perdió el control de sus hijas, a pesar de que la única vez que se les tomó testimonio ellas dijeron que deseaban vivir con su madre. En casa quedó solo con su hijo mayor, de 15 años, de su primer matrimonio.
A la prensa se filtró el apetitoso titular de 'jueza lesbiana' y desde ese momento Karen Atala no volvería a ser llamada de modo distinto. "Es el hombre elefante de Chile", afirma Macarena Sáez, también abogada defensora. Su superior en el tribunal penal de Villarrica le dijo que más valía evitar el escándalo, que podía afectar el prestigio del poder judicial, y la "instó a que le entregara las niñas a don Jaime", narró Atala en la audiencia.
Entretanto, de Temuco mandaron al juez Lenin Lillo para que indagara en el tribunal donde ella trabajaba y viera "cuánto había expresado su lesbianismo". Sin avisarle, revisó su computador, miró qué páginas visitaba, interrogó hasta al personal de aseo preguntando qué tantas mujeres iban a visitar a Atala.
"Hay una violación a su intimidad que expone una parte personal que ella no estaba preparada para revelar en público. Solo sus más cercanos conocían de su situación", afirma Sáez, que en audiencia dejó claro que sobre Karen Atala recayó todo el peso del prejuicio social. Y que fue este el que condujo a que la Corte Suprema de Justicia dictara una sentencia 'ejemplarizante', prohibiendo que una mujer pueda ser madre y lesbiana.
"Quisiera saber si durante el proceso alguien indagó acerca de si usted hubiera sido heterosexual y promiscua, eso habría sido dañino para las niñas", preguntó durante la audiencia en Bogotá la jueza de la CIDH Margarette May Macaulay. "Nunca", contestó Karen Atala.
La sentencia chilena del 2004 se ha sustentado en el principio del interés superior de los niños. En el supuesto de que "merecen desarrollarse en el seno de una familia estructurada normalmente y apreciada en el medio social", reza el fallo de la Corte.
Opiniones expertas
No obstante, los cinco expertos que rindieron testimonio ante la CIDH el martes pasado -Juan Carlos Marín, Emilio García Méndez, Rodrigo Uprimny, Robert Wintemute y Allison Jernow- cuestionaron el uso inadecuado de dicho principio. Y demostraron que no hay evidencia de que crecer en un hogar con padres homosexuales afecte el bienestar psíquico o social de los menores. García, experto en derecho de los niños, pidió dejar de hablar en abstracto de un "posible daño". Recomendó algo esencial: consultar al niño sobre lo que desea. En caso de que se decida ignorar su opinión, es necesario entregar pruebas concretas del porqué.
Algo similar opina Jernow, abogada consejera del Proyecto de Identidad de Género y Orientación Sexual de la Comisión de Juristas. Dice que la orientación sexual de los padres no es relevante, sino su conducta sexual, en tanto tenga relación con los niños. "Si la conducta sexual no afecta las condiciones de vida de los menores, no tiene por qué ser un elemento del proceso".
La sentencia del 2004 asegura que hay prueba testimonial "del deterioro del entorno social, educacional y familiar en el que se desenvuelven las menores desde que la madre empezó a convivir con su pareja homosexual". También de que las niñas dejaron de recibir visitas de sus amigas y que, según las empleadas, las niñas tenían "juegos y actitudes demostrativos de confusión ante la sexualidad materna".
En la audiencia quedó demostrado, sin embargo, que dichas pruebas no existen más que en especulaciones. En su declaración final, el Estado chileno se mantuvo: "Consideramos que está debidamente acreditado el daño a las menores. Acá se trata es de preguntarse cuál de los dos padres presenta las mejores condiciones de crianza de las menores", dijeron sus abogados.
¿Qué prima, el derecho del hijo o de la madre a criar ese hijo? "El derecho de la madre a vivir con sus hijas coincide con el derecho de las hijas a vivir con su madre. Una adecuada interpretación de este caso encuentra que no hay conflicto entre los derechos de la madre y el interés superior de las niñas", termina la abogada Macarena Sáez.
Será la CIDH la que determine si Karen Atala tiene razón o no. Ella no busca a sus niñas de vuelta, solo desea sentar un precedente: que nunca una madre o un padre puedan perder la custodia de su hijo por tener una orientación sexual diversa.
Tutela por adopción en Medellín
Para Marcela Sánchez, de Colombia Diversa, la sentencia que dictará la Corte Interamericana de Derechos Humanos es clave, pues será la primera vez que se pronuncie por un caso de homofobia. "Suele presentarse una tensión con los padres del mismo sexo como si tuvieran un conflicto con sus hijos, pero esta audiencia demostró que no se puede emplear el principio del interés superior del niño hablando en abstracto de daños potenciales que terminan siendo discriminatorios".
En el caso de las mujeres de Medellín, donde una de ellas es madre biológica de una niña y su pareja lesbiana reclama su derecho a adoptarla, "no se puede declarar culpable a la niña por la orientación sexual de la madre. Eso atenta contra los derechos de los niños. Si están pensando en el interés superior, de verdad, deben ver que la pareja quiere adoptarla para adquirir deberes con la niña". Será la Corte Constitucional la que decida.
EL ESPECTADOR
REFORMA A LA JUSTICIA, UN DEBATE
Hace un mes apelamos a que existiera un debate acerca de la reforma a la justicia que plantea el Gobierno. No sólo porque supone el cambio de dirección de una gran cantidad de artículos de la Constitución, sino por ser un tema de alta relevancia y que está a la espera de un profundo cambio.
El Gobierno, tras diez meses de discusiones no muy alentadoras con las cortes, presentó un proyecto al Congreso que deberá ser discutido. Ante esto, representantes de la Rama se mostraron insatisfechos y alegaron que dicha reforma eliminaba el Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) —un organismo importante para ellos— y minaba la autonomía judicial. ¿Qué dijo el Gobierno? Que estaba sorprendido. Pero pese a esto, soltó la pelota y dijo que la Rama podría presentar su propio proyecto.
Y así fue. En días recientes el Consejo de Estado mostró al país su propuesta de reforma a la justicia. Un texto que es distinto en muchas de las modificaciones que el Gobierno pretende hacer. Un paralelo entre los dos revela que las diferencias son muchas. Pero las más controvertidas —política y jurídicamente— son dos: una vez más, la existencia del CSJ y el presupuesto para la Rama.
El Gobierno quiere presentar una transformación al CSJ volviéndolo un Consejo Superior Judicial, conformado por los presidentes de las altas cortes, tres delgados de cada una, el fiscal general, el ministro de Justicia y el gerente de la Rama Judicial. Los representantes de la Rama han dicho que esto no es conveniente, porque habría miembros de este órgano que no pertenecen al Poder Judicial, cosa que representa, para ellos, una invasión de poderes. Lo que no parecen tener en cuenta es que estos últimos tres actuarán con voz pero sin voto, asunto que, más allá de simbólico, es determinante en la escena del contrapeso de poderes. No queda muy claro, tampoco, por qué insistir en que esto se trata de una “invasión” de los poderes públicos, si más bien puede verse como una “colaboración armónica entre las ramas”, asunto que la Constitución exige.
El proyecto del Consejo de Estado, por el contrario, reestructura el CSJ y lo divide además en tres salas distintas: de gobierno, administrativa y disciplinaria. Tendrá que explicar por qué y cómo funcionará un órgano que hasta la fecha es tan cuestionado por jueces y abogados del común.
El segundo punto es el de la plata. La Rama pide que se dé un 5% del presupuesto anual para su sector. El Gobierno dice que esto es imposible, ya que no hay tanto dinero a disposición dentro de las arcas del Estado. Mientas unos dicen sí, otros dicen no.
Esta discusión ha enfriado un poco las buenas relaciones que Santos pretendía entablar con la Rama Judicial, cosa no muy agradable. Pero lo que sí puede considerarse como grave es que no ha existido ni el esbozo de un debate. Ha habido, más bien, un “toma y dame” no muy conveniente para un asunto tan necesario. Es hora de que se sienten a responder preguntas sencillas. Para el Gobierno: ¿Con qué tiempo dirigirán los presidentes de las altas cortes el Consejo Judicial si están ocupados en la administración de justicia de su jurisdicción? Si los presidentes rotan cada año, ¿cuál va a ser la continuidad de dicho Consejo? ¿Es permanente? ¿No lo es? Y para la Rama: ¿Por qué insisten en la existencia del CSJ existiendo tantas quejas de su lentitud burocrática y aislamiento de la justicia? ¿Qué hay de malo en la regulación que el Gobierno propone para las tutelas contra sentencias?
Hace un mes pedimos discusión y hoy lo volvemos a hacer. Esto porque el asunto no puede pasar a pupitrazo a manos de la arrolladora Unidad Nacional, sin que les digan a los ciudadanos cómo y por qué se va a cambiar el esquema constitucional vigente.
EL QUINTO MANDAMIENTO
Por: María Elvira Bonilla
Cada año 20.000 jóvenes son reclutados para prestar servicio militar en las diferentes guarniciones del país.
Son muchos los que terminan portando un fusil sin quererlo, en contravía de sus convicciones. De allí la fuerza que ha tomado el movimiento de objetores de conciencia que tiene presencia en 10 regiones del país y cuya voz llegó el año pasado a la Corte Constitucional y esta semana a la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. La Corte decidió entonces que el objetor de conciencia, por la vía de la tutela, puede buscar el amparo de sus derechos, al tiempo que conminó al Congreso a regular esta opción personal. El debate legislativo apenas comienza.
Pero si se consultara a los jóvenes colombianos o se realizara una encuesta, la negativa a empuñar las armas sería arrasadora. Pero nadie les pregunta. Simplemente se les obliga a enrolarse a través de métodos coercitivos. En época de reclutamiento los persiguen, como en una verdadera cacería humana, llegan a sus lugares de reunión, en los parques y las filas de ingreso a los estadios, en los terminales de buses; cualquier esquina sirve para sorprender a muchachos entre los 18 y 28 años, con su situación militar sin resolver. Sobre todo aquellos de las zonas rurales y los más pobres en las ciudades, quienes desprotegidos y vulnerables, terminan sin remedio embarcados en el camión en el que inician el triste camino hacia el cuartel y la guerra. Gobernantes y legisladores adultos les definen su futuro, convirtiendo sus vidas en carne de cañón de un conflicto que no les pertenece, y sus sueños eclipsados o al menos aplazados.
Por esto son cada vez más quienes optan, a riesgo de castigos y calabozo y de tener que asumir la condición de remisos, la vía de la objeción de conciencia para defender por voluntad propia el Quinto mandamiento: No matarás. Amparados en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que defiende el derecho a no actuar contra los dictados de la propia conciencia, se han organizado para no empuñar las armas contra sus convicciones. Un derecho que también la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas reconoce, al aceptar la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio como una "forma legítima de ejercer el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”.
Se trata de sustituirlo por alternativas constructivas socialmente, como un servicio social obligatorio dirigido a trabajar con los más necesitados, en temas de salud, educación, conservación ambiental, atención de desastres naturales y humanitarios. Actividades que miles de jóvenes están dispuestos a cumplir con entusiasmo y vigor, como alternativa a disparar el fusil.
Aunque la causa de estos jóvenes se ha ido abriendo camino y ha encontrado eco en dirigentes como el magistrado Carlos Gaviria, expresidente de la Corte Constitucional, quien estuvo presente en la Cámara de Representantes defendiendo el fundamento constitucional de esta opción individual, el debate no será fácil en un país donde el gasto militar lleva años creciendo de manera exponencial sin que se vislumbren alternativas de solución al conflicto de décadas. Un país donde tristemente la vida humana tiene poco valor.
REFORMA A LA JUSTICIA: MUCHO OJO
Por: Humberto de la Calle
Cuando se presentó el proyecto de la mal llamada reforma a la justicia a consideración del Congreso, varios columnistas miraron el asunto con suspicacia.
Entregarle esta tarea a un Congreso al que acuden varios parlamentarios investigados, es como poner a Drácula a cuidar el banco de sangre. Eso dijeron. Este plumífero no estuvo de acuerdo. Quizás con ingenuidad republicana dije que no podíamos caer en la parálisis y que la institución llamada a decidir estos temas era el Congreso. Además, la otra posibilidad, una Asamblea Constituyente, que exige un 30% de voto popular para convocarla, es una idea poco práctica. Agréguele a esto que aunque su temario sea aparentemente limitado a la justicia, por esa vía no hay artículo constitucional que no se pueda tocar. A 20 años de una Constitución, esto no augura nada bueno.
También escribí que aunque comprendía las razones para eliminar la posibilidad de recusar a los congresistas por conflictos de interés cuando se trataba de reformas constitucionales, en constituciones tan detalladas como la nuestra, había un peligro latente.
Pues ahora ha saltado la liebre, y de qué manera. Se propuso la inmunidad parlamentaria, algo afortunadamente eliminado en 1991. En su favor se dijo que era una institución universal. Pero la situación de Colombia es singular. Decenas de congresistas presos por el proceso 8.000 y por parapolítica. Las Auc diciendo que tienen dominado el 30% de la representación. Pérdidas de investidura a tutiplén. Es claro que los mansos argumentos de derecho comparado son apenas balbuceos. Vendrían nuevas sorpresas. De la inmunidad pasamos de sopetón al polo opuesto: que la Comisión de Acusación pudiera ordenar la captura de los funcionarios con fuero. El ominoso lema fue: “o todos en la cárcel, o todos en el suelo”. Este cambio súbito parecía el último estertor de esta extraña discusión. Y el tercer capítulo de esta novela de suspenso: Ya no basta la vieja inmunidad. Ahora se quiere que constitucionalmente se impida la detención cautelar de los aforados, los congresistas ente ellos. El conflicto de interés es evidente. Con lenguaje sindical los promotores de esta idea señalan que simplemente los congresistas están reclamando sus derechos.
El panorama ahora es que con esta artillería de propuestas descabelladas se está corriendo un gran riesgo de dar marcha atrás, en beneficio de una reforma a la justicia que es más bien una reforma del poder. Muy poco tienen que ver elucubraciones en la cumbre con el padecimiento de millones de personas que esperan una decisión judicial. En efecto, sólo la discutida iniciativa de combatir la congestión dándoles funciones judiciales a abogados, notarios, funcionarios judiciales y administrativos, está directamente ligada a las auténticas angustias de la gente. Por fortuna, el ministro Esguerra dijo que era consciente de este tema.
Ojo: Lo que sí no puede pasar es que la reforma se convierta en una herencia yacente donde cada quien va a sacar su hijuela. No puede suceder que el único efecto real de la reforma sea la total indemnidad de congresistas desafiantes y sofistas.
EL NUEVO SIGLO
UN NORTE A REFORMA JUDICIAL
TRAS un arranque en el que la polémica y el disenso de fondo fueron los protagonistas se espera que esta semana la discusión sobre el proyecto de reforma a la justicia empiece a encarrilarse dentro de otro ambiente, uno más proactivo, menos prevenido y, en la medida de lo posible, enfocado primordialmente a encontrar puntos de coincidencia que a insistir en los desacuerdos.
Tras el alud de declaraciones y propuestas de presidentes de las altas cortes judiciales, congresistas, la academia, el Gobierno y otros sectores en la última semana, quedó claro que haber radicado la iniciativa sin tener una plataforma más amplia sobre las modificaciones y ajustes que requiere esta rama del poder público, fue un riesgo muy alto y, al tenor de la forma en que el debate en la Comisión I rompió fuegos, bien podría llevar a una nueva frustración, como ha ocurrido con todos los proyectos de reforma judicial que se discutieron en los últimos años, en donde el archivo terminaba siendo la única y resignada opción para esquivar las controversias y choques de tesis sobre la arquitectura, sistema de gobierno y prioridades jurisdiccionales.
Está claro que todo ese proceso de análisis y estudio por largos meses entre el Gobierno y la cúpula judicial de poco sirvió, pues ni se alcanzó el consenso para radicar una iniciativa conjunta como tampoco se vieron reflejados en los proyectos del Ejecutivo, el Consejo de Estado y los criterios expuestos por los voceros de los otros altos tribunales mayores puntos coincidentes. El futuro del Consejo Superior de la Judicatura, las facultades nominadoras y electorales de las Cortes, la puja sobre la autonomía y asignación presupuestales, los límites a la acción de tutela frente a las sentencias emitidas por las instancias de cierre, la redefinición de competencias jurisdiccionales, los mecanismos de descongestión procesal y los esquemas para la investigación y juzgamiento de los funcionarios aforados, aparecen como nudos insalvables y puntos de honor en donde ninguna de las partes involucradas parece querer ceder.
En ese escenario lo peor que puede pasar es que todo termine convertido en una torre de babel, con un sinnúmero de proyectos, propuestas, contrapropuestas y ajustes ‘creativos’ sobre lo que debe ser la reingeniería judicial. Tan peligroso es que la discusión termine imbuida en el transaccionalismo y las cesiones negociadas, como que el Gobierno haga valer sus mayorías parlamentarias para imponer sus criterios.
Para superar ese desgastante escenario lo primero que se tienen que fijar son las prioridades de la reforma y es claro que por más importantes que sean y válidas las posiciones de sus defensores, ellas no se centran necesariamente en el pulso presupuestal, la autonomía de poderes, el celo institucional de los altos tribunales frente a las competencias del otro o la misma definición de quién nomina o elige a los titulares de la Procuraduría, la Fiscalía o los propios magistrados. Todo es clave, nadie lo niega, pero la prioridad debe enfocarse en la posibilidad real de que los colombianos tengan un sistema de administración de justicia cercano, eficiente, que resuelva las contradicciones entre particulares y de éstos con el Estado de forma rápida, ejemplarizante y proactiva. Es urgente atacar la congestión de procesos penales, civiles, administrativos y laborales. No se puede hablar de justicia cuando más de un millón de expedientes se encuentran sin resolver y los índices de criminalidad e impunidad no decrecen sustancialmente y menos aún si la opinión pública tiene la percepción de que la justicia solo es para los de ruana y que aquel que tanga algo de poder, dinero o influencia, legal o ilegal, puede torcerle el cuello al Estado de derecho. Ese debe ser el principal norte de la reforma judicial y frente al mismo el resto de discusiones terminan siendo, por más importantes que puedan parecer, menores.
QUIEREN CONVERTIRNOS EN OFICINA DE CONTROL INTERNO DEL CONSEJO DE ESTADO: LIZCANO
El magistrado lanzó varias críticas al proyecto radicado por el máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo.
EL PROYECTO de reforma a la justicia radicado en el Congreso por el Consejo de Estado, pretende convertir a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en una oficina de control interno de ese alto Tribunal, al quitarle la función jurisdiccional de investigar a los funcionarios judiciales.
Así lo dijo el presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Angelino Lizcano, quien habló con EL NUEVO SIGLO de las propuestas tanto del Consejo de Estado como del Gobierno para reformar la justicia.
EL NUEVO SIGLO: ¿No fue del todo del agrado del Consejo Superior de la Judicatura, el proyecto de reforma judicial radicado por el Consejo de Estado?
ANGELINO LIZCANO: En términos generales a mi no me gusta el proyecto, aunque hay algunas cosas que se pueden rescatar, que es el querer conseguir para la Rama Judicial una partida importante y constante, lo que le daría independencia a la Rama. Sin embargo, en cuanto a las posturas que tienen frente a la Judicatura y específicamente en su Sala Administrativa se van al otro extremo, les quitan la categoría de magistrados y la cambiarían por seis directores de libre nombramiento. Yo creo que estas personas que van a estar allí, necesitan algo de estabilidad para que puedan proyectar económica y financieramente los asuntos de la Rama Judicial.
En cuanto a la Sala Disciplinaria, ellos tienen tres posturas, primero que siga como está, pero proponen dos cambios fundamentales, que se nos quite la función jurisdiccional y se rebaje a meros actos administrativos. La diferencia es que si es función jurisdiccional, nosotros haciendo un disciplinario a un funcionario judicial, en la parte final dictamos una sentencia que será cosa juzgada, por lo que no tiene que someterse a otra jurisdicción. Sin embargo, lo que pretende el Consejo de Estado, es bajarnos la categoría a actos administrativos, para que luego que nosotros dictemos el fallo correspondiente, la gente pueda recurrir al Consejo de Estado vía nulidad y restablecimiento del derecho, es decir, de fondo lo que quieren es ser la Corte de cierre en los asuntos disciplinarios de toda la Rama Judicial. Lo que persiguen allí es prácticamente convertir la jurisdicción disciplinaria en una mera oficina de control interno del Consejo de Estado.
ENS: Sin embargo, las críticas que siempre se han hecho contra la Sala Disciplinaria es esa función jurisdiccional, que ha provocado varios choques judiciales, ¿qué opina?
AL: La función jurisdiccional que nosotros tenemos es para disciplinar a los funcionarios judiciales, y como jueces de la República, ordenado por la misma Constitución en el artículo 86 y 116, tenemos que asumir la competencia de las tutelas, de acuerdo a las normas vigentes. El otro tema, es lo que popularmente se ha denominado choque de trenes. Nosotros nunca hemos asumido competencias de tutelas para revisar sentencias de altas Cortes porque queramos abrogarnos facultades que las normas no nos han dado. No obstante, eventualmente lo hemos hecho porque el decreto 1382 del 2000 instruye que se puede colocar tutelas contra sentencias de altas Cortes y lo hará en la misma Corte. Posteriormente a ello, en algunos casos estas Cortes no han admitido esas tutelas y han proferido autos de rechazo al trámite de las mismas. En estos casos, la Corte Constitucional, en providencias de sala plena, ha ordenado que cuando exista un auto de rechazo por las altas Cortes, el ciudadano queda habilitado para ir ante cualquier operador judicial a reclamar acceso a la justicia, y eventualmente cuando llegan acá, es una obligación de orden jurídico darle el trámite a esas tutelas, o de lo contrario, estaríamos prevaricando.
Sin embargo, como está el proyecto, el tema queda solucionado totalmente. Pero el tema no es con nosotros, la real confrontación es del Consejo de Estado y la Corte Suprema con la Corte Constitucional, porque ellos lo que pretenden es que no le revisen vía tutela sus providencias.
ENS: En su opinión, ¿la Corte Constitucional sí debe revisar vía tutela las sentencias de altas Cortes?
AL: Mi opinión personal es que este tema de derechos fundamentales se tienen que proteger hasta en las máximas instancias. Pero la mecánica para hacerlo la debemos estudiar en los diferentes escenarios de reforma a la justicia, para poder sacar la mejor fórmula que evite posibles enfrentamientos y que se establezca un sano equilibrio de poderes.
ENS: ¿El proyecto de reforma judicial que radicó el Consejo de Estado, debió haberse concertado con las otras Cortes?
AL: Por supuesto. El doctor Fajardo, presidente del Consejo de Estado, anunció en una reunión de la mesa de la justicia, que ellos tenían la competencia de presentar actos legislativos al Congreso de la República, y que por lo tanto, estaban estudiando esa posibilidad. Al escuchar esas expresiones, le solicité muy respetuosamente en muchas oportunidades que nos permitiera trabajar en equipo para auscultar la posibilidad de concertar temas como Rama Judicial, para llevar al Congreso posturas unificadas como Rama. El suscrito insistió mucho, pero mis palabras no fueron escuchadas y por eso tocó ahora tratar de hacer la concertación en el Congreso.
ENS: ¿Qué opina de las nuevas facultades judiciales que se le dieron al Ministerio de Justicia?
AL: Toca revisarlas muy bien, la verdad no las hemos estudiado a fondo.
ENS: ¿No le parece inequitativo que mientras algunas entidades del Estado reciben buen porcentaje del presupuesto de la Nación, la justicia no?
AL: Yo le hallo la razón al Gobierno en un punto, en que las arcas del tesoro público están en problemas, y los que manejan el presupuesto de todo el país tienen que hacer las veces de buen padre de familia para que alcance a todos sus hijos. Pero quiero llamar la atención para que no descuiden los problemas que tiene la justicia, porque el soporte de una democracia es precisamente la Rama Judicial. El ministro dijo que no todo es plata, y en eso también estoy de acuerdo, porque faltan muchos mecanismos judiciales y aún hay otras estrategias de orden legislativo que se pueden hacer para descongestionar la Rama Judicial y ayudar a garantizar un acceso verdadero ágil, transparente a todos los ciudadanos. Sin embargo, el dinero si es vital, porque qué sacamos con que el Congreso apruebe medidas, por ejemplo, acaba de aprobar el estatuto anticorrupción, de igual manera, también aprobaron el nuevo código de lo Contencioso Administrativo, y si no hay dinero para desarrollarlos, van a quedar como letra muerta. Entonces dinero sí necesitamos, ahí están los balances, para este año estamos ejecutando el presupuesto que se nos dio por ley de la República, el equivalente a dos billones cien mil millones y se solicitó para el año entrante, con soportes al Gobierno y a las autoridades económicas, aproximadamente cuatro billones cien mil millones, y sólo nos aumentaron, en el proyecto que presentó el ministro de Hacienda, en 24 mil millones.
ENS: Frente al tema de las casas de justicia, se ha criticado que no ofrecen una oferta completa de justicia al no integrar a los jueces de la república, ¿qué responde?
AL: Ese tema de las casas de justicia es una facultad que tiene la Sala Administrativa de ponerlas a funcionar, regularlas y medirles la efectividad frente a las necesidades de la ciudadanía para buscar un acceso a la justicia en forma real y concreta. En este momento se están recibiendo todas las críticas para ajustar los diferentes programas, porque aquí lo que se requiere, especialmente en el caso de la Sala Administrativa del Consejo Superior, es garantizar el mejor acceso a la justicia a todos los ciudadanos.
ENS: ¿El tema de la reforma judicial ha generado algún distanciamiento entre el Gobierno y las Cortes?
AL: Distanciamiento ni institucionales ni personales los hay, lo que hay son puntos de vista diferentes de orden académico frente a los diferentes puntos del proyecto de reforma judicial.
ENS: ¿El Consejo Superior de la Judicatura necesita una reingeniería?
AL: Primero debo decir que el Consejo Superior de la Judicatura no se debe eliminar, porque dicha corporación significa tres pilares que hacen parte de la autonomía e independencia judicial en cualquier democracia del mundo, que es el gobierno de la Rama Judicial, la administración judicial y la disciplina de la Rama. Esto no es un invento del Constituyente, los consejos superiores de la judicatura nacieron después de la Segunda Guerra Mundial en Francia, Italia, Turquía, entre otros países, y hoy existe en la mayoría de naciones que tienen democracias funcionando, y precisamente nacieron para darles independencia a los jueces. Antes de los consejos superiores de la judicatura, los jueces dependían del Ejecutivo, por lo que no tenían ni autonomía, ni independencia, frente a las decisiones judiciales de las otras ramas del poder público. La disciplina de los funcionarios judiciales es esencial, pero tiene que ejercerla un órgano de la misma Rama Judicial independiente de la misma, para que no hayan interferencias en la administración de justicia.
De otro lado, nunca hemos dicho que no se debe reformar, al contrario, todas las instituciones del Estado están llamadas para que se le hagan ajustes permanentes, para adecuarlas a las nuevas necesidades de la ciudadanía. Nosotros estamos abiertos a escuchar las diferentes críticas de la ciudadanía, de las organizaciones, para analizarlas y mirar las mejores posturas y así impulsarlas si es necesario. Lo que pasa es que las propuestas que hay hasta ahora no nos han convencido, porque la única que nos convence es la que nos garantice que con esa propuesta se les daría a cada uno de los ciudadanos, un acceso a la justicia, eficaz, oportuna y transparente, y por el otro lado, que no se viole el equilibrio de poderes que tiene que tener una democracia.
ENS: Varias veces se ha insistido en la necesidad de una reforma a la manera en que se eligen los magistrados de la Sala Disciplinaria, porque estaría politizada, ¿qué opina?
AL: Es un debate que está abierto, pero hasta ahora las propuestas que hay, es que no los elija el Congreso de terna del Presidente (de la República), sino los elijan las mismas Cortes. Con esto no estoy de acuerdo, porque del seno de la Rama Judicial no pueden salir los magistrados que van a disciplinar a los mismos funcionarios de la Rama, por eso creo que el Constituyente creó la fórmula perfecta, que fueran de las otras dos ramas del poder público. Si a nosotros nos critican porque el Congreso nos elige, también debería abrirse el debate frente a los otros altos funcionarios que elige el Congreso, porque si vetan al Congreso para que elija a los magistrados de esta sala, pues tendría que ser el mismo veto para la elección de los magistrados de la Corte Constitucional, del Procurador General, del Contralor y del Defensor del Pueblo.
ENS: ¿Está de acuerdo con que se le den facultades judiciales a notarios y abogados?
AL: Ese es un tema muy complejo. El Gobierno lo que ha propuesto es que se haga en forma transitoria para evacuar el retraso histórico que tiene la Rama Judicial, y nosotros, creo que en eso estamos de acuerdo todas las cortes, es que se hagan los esfuerzos económicos para darle la plata a la justicia, y aquí mismo nombramos los jueces que se necesiten para evacuar ese retraso. Nosotros tenemos la escuela judicial Lara Bonilla, que es una entidad académica de la Rama Judicial, una de las mejores de Latinoamérica.
ENS: ¿Qué opina de la creación de las escuelas de abogados para que disciplinen a los mismos abogados?
AL: Este tema hay que abordarlo con la mayor responsabilidad. Desde la Constitución del 91, en el artículo 26 establece que todas las profesiones tienen la libertad de organizarse en colegios. 20 años después y no se han organizado. Entonces no podemos hoy decir, le entregamos la disciplina a unos colegios que ni siquiera existen. Yo estaría de acuerdo con que los colegios de abogados disciplinen a los abogados, pero primero quiero ver esos colegios organizados y que le demuestren al país que tienen la capacidad no solamente estructural, intelectual, académica, sino de transparencia para disciplinar a los abogados.
Aquí no se trata de retener unas funciones, sino de prestarle el mejor servicio al país, y de no irnos a equivocar para darle la mejor garantía y seguridad jurídica a nuestros hijos y a las próximas generaciones.
ENS: ¿Qué responde a los que dicen que la Sala Disciplinaria está obstruyendo la investigación por el presunto carrusel de magistrados?
AL: Se están hablando idiomas diferentes. Los magistrados tenemos un fuero y solamente nos puede investigar la Comisión de Acusaciones (sic.), pero eso es diferente a la competencia que tiene la señora Contralora con todos sus entes internos que hacen parte de la misma Contraloría para investigar todos los dineros del Estado. Ella tiene una competencia de orden constitucional, pero lo que pasa es que los que manejan esos dineros son los ordenadores de gasto y los gestores fiscal. Nosotros no somos ni lo uno ni lo otro, entonces hay dos cosas que no se pueden revolver, la Contralora no tiene la competencia de investigar las conductas de los magistrados.
REVISTA SEMANA
UNA REFORMA ANTIDEMOCRÁTICA
Por Annika Dalén*
Aún si casi toda la población colombiana estuviera en contra del aborto, esto no sería un argumento válido para prohibirlo. La esencia de la democracia no es la dictadura de las mayorías, sino la garantía de los derechos de todas y todos.
Hace tres semanas, el Partido Conservador presentó un proyecto de reforma constitucional para retroceder uno de los avances más importantes para las mujeres colombianas de los últimos cinco años, la despenalización del aborto en tres casos excepcionales – cuando el embarazo es resultado de un acto de violencia sexual, cuando implica peligro para la vida o la salud de la mujer gestante, o cuando el feto tiene malformaciones que no le permiten sobrevivir por fuera del útero. Tres situaciones en las cuales la Corte Constitucional constató que la protección absoluta de la vida del feto resultaba una medida desproporcionada ya que era excesivo obligar a la mujer a asumir sacrificios que lesionan su integridad física y psíquica y con ello su dignidad. En consecuencia, reconoció que en estos casos las mujeres tienen el derecho constitucional a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo.
La propuesta de retroceso implica agregar las palabras “desde el momento de la concepción hasta la muerte natural” al artículo 11 de la Constitución que establece que “la vida es inviolable”, y así prohibir tanto el aborto como la eutanasia bajo cualquier circunstancia. Su presentación fue supuestamente acompañada de cinco millones de firmas de apoyo, que al parecer nadie por fuera del partido ha contado, y cuya validez nadie ha confirmado. No se encuentran registradas oficialmente en ninguna parte ya que su función fue meramente simbólica para hacer aparentar que la propuesta tiene amplio apoyo ciudadano.
Ahora, el Partido Conservador ha anunciado que quiere solicitar al Consejo Nacional Electoral una consulta ciudadana sobre el aborto, el matrimonio de parejas del mismo sexo y la reelección presidencial para acompañar las elecciones en octubre. Al parecer, lo que se busca es darle más peso político al proyecto a través de una demostración de apoyo popular, a pesar de no tener apoyo unánime ni siquiera dentro del mismo partido, ni mucho menos de la ciudadanía.
Cabe aclarar que una consulta popular formalmente solo puede ser solicitada por el Presidente, Gobernador o Alcalde, según el caso, pero no por un partido político. Sin embargo, aún si el Partido Conservador lograra incluir una especie de encuesta popular en las elecciones, y aún si ésta demostrara que la población colombiana en su casi totalidad estuviera en contra del aborto, no podría ser utilizado como un argumento para su prohibición absoluta.
La esencia de la democracia no es la dictadura de las mayorías, sino la garantía de los derechos de todas y todos. Las mayorías los pueden regular y configurar, pero el problema es que la iniciativa conservadora no regula sino que aniquila los derechos sexuales y reproductivos, que han sido reconocidos como derechos fundamentales, de las mujeres. Una verdadera democracia no podría, en nombre de una supuesta protección de la vida, obligar a sus ciudadanas a morir, ni desconocerles sus derechos fundamentales de autonomía, integridad y dignidad por causa de circunstancias que están fuera de su control.
No es justificable que valiéndose de un supuesto apoyo popular, se quieran desconocer derechos fundamentales. Y por eso, independientemente del número de firmas, o del número de personas en contra del aborto según encuestas, el proyecto de reforma constitucional del Partido Conservador sigue siendo antidemocrático.
CMI LA NOTICIA
INPEC DEBE INCLUIR EN REGLAMENTO DE CÁRCELES PROTECCIÓN A DERECHOS DE LOS HOMOSEXUALES
La Corte Constitucional le dio un plazo de cuatro meses al INPEC para que reforme el reglamento interno de todos los establecimientos penitenciarios y carcelarios, con el fin de proteger los derechos de los presos con una orientación sexual diferente.
La decisión fue adoptada al estudiar una tutela que presentó un interno de la cárcel de Yopal, en el Casanare, quien se quejó por el trato discriminatorio que recibía por parte de la guardia de ese penal por ser un gay transexual.
El recluso señaló que constantemente era amenazado con cortarle el cabello, y que además le habían decomisado los aretes, el kit de maquillaje y los moños para el pelo.
El director de la cárcel de Yopal respondió que el reglamento interno prohibía tener el cabello largo y que no tenía reportes de maltratos al recluso.
Para la Corte los argumentos del centro penitenciario no tienen en cuenta que la Constitución Nacional ordena el respeto por la diversidad. Además impuso restricciones de ingreso a los elementos del interno, sin que mediara una razón suficiente más allá de un vago concepto de disciplina
“Para el caso particular del actor, la adopción de su identidad sexual está mediada por el uso de maquillaje, el pelo largo y determinadas prendas de vestir. La actuación de las directivas de la cárcel solo se basó en la aplicación de normas reglamentarias”, indica la sentencia.
La corporación también ordena a los directivos de la cárcel que deben adelantar una campaña de sensibilización y capacitación a reclusos y funcionarios sobre el tratamiento que se le debe dar a los presos con diversidad sexual.